(FUENTE LA JORNADA DIARIO)
Buenos Aires; en dias pasados, el Presidente de la república de Argentina, Alberto Fernández anuncio que; el gobierno decidió declarar como servicios públicos esenciales a la telefonía fija y móvil, internet y la televisión por cable, y por lo tanto, congelar las tarifas de los mismos hasta el 31 de diciembre, y la empresas deberán ser autorizadas para aumentar tarifas, quedando esto a cargo del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), mediante un decreto en el que figuran diversos documentos de Naciones Unidas (ONU) y disposiciones de países como México y Francia.
y en dicho decreto se cita que el acceso a Internet es, en la actualidad, “uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión y que la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que a todas las personas les sea garantizado su acceso a las mismas”.
cabe destacar que; esta medida se tomó ante los constantes aumentos que se realizaron en el transcurso de la pandemia de Covid-19 y los que anunciaban para el próximo mes de septiembre dejando fuera de toda posibilidad de acceder a estos servicios a millones de argentinos, y superando en más de un 20 por ciento a la inflación que se acumuló desde diciembre de 2019.
uno de los puntos a tomar en cuenta es que; la norma firmada por el presidente Alberto Fernández y todo su equipo de gobierno señala que las TLC representan no sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social.
OTROS PUNTOS A CONSIDERAR DE ESTE DECRETO:
- Existen ya referencias también a las decisiones tomadas por el gobierno de Mauricio Macri al asumir en diciembre de 2015 cuando mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia se derogó gran parte del andamiaje legal en materia de servicios de comunicación audiovisual “abandonando la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía”.
- en este sentido el artículo 42 de la Constitución nacional, establece “el deber de las autoridades de proveer a la protección de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados así como a la calidad y eficiencia de los servicios públicos”.
Por su parte, la oposición encabezada por Propuesta Republicana, el partido ultra derechista de Macri, reaccionó violentamente , interpretando sin razón que se trata de la “estabilización” de estos servicios o que se violenta la “libertad de expresión”.
- es así como se concluye que: se escuchó por primera vez la demanda de la Comisión de Usuarios y Consumidores, que reclamaban desde hace años esta urgente decisión, ante una situación social que evidenciaba la injusticia y la desigualdad imperante en el acceso a la comunicación e información, lo que también destapó la pandemia.